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Leilosoc

20/09/2023 · IsabelM

DERECHO DE USUFRUCTO - ¿QUÉ ES?

Es un derecho atribuido a una persona que, durante un tiempo determinado, puede disfrutar de una cosa ajena, ya sea inmueble o mueble, que pertenece a otra persona. Este derecho protege a la persona que pretende transferir la propiedad de un bien que es suyo a otra persona, pero que desea continuar disfrutando del mism

DERECHO DE USUFRUCTO - ¿QUÉ ES?

Es un derecho atribuido a alguien que, durante un determinado tiempo, puede disfrutar de una cosa ajena, ya sea inmueble o mueble, que pertenece a otra persona.

Este derecho protege a la persona que pretende transferir la propiedad de un bien que es suyo a otra persona, pero que desea continuar disfrutando del mismo mientras esté viva.

¿Durante cuánto tiempo puede durar el Usufructo?

La declaración de usufructo puede tener una duración determinada en el contrato o puede ser vitalicia, cesando únicamente en el momento de la muerte del usufructuario.

Tras el fallecimiento del usufructuario, ¿tienen derecho a la vivienda los heredados a la vivienda?

En caso de fallecimiento del usufructuario, los herederos que no estén considerados en el contrato de compraventa o en la donación y en la declaración de usufructo, no tienen derecho al inmueble. Incluso siendo herederos legales, este bien en específico no puede ser considerado.

¿Dónde es posible formalizar la concesión del Derecho de Usufructo?

Para que el usufructo esté conforme a las normas legales, es necesario emitir una declaración de usufructo debidamente firmada por las partes y reconocida en cualquier Notaría o Registro de la Propiedad, o también por un abogado o procurador.

¿Es posible anular la concesión de un Derecho de Usufructo?

Sí, es posible. Cualquiera de las partes puede anular esta condición, siempre que exista mutuo acuerdo. En este caso, ambas partes deben formalizar la alteración de esta situación en Notaría o Registro de la Propiedad. No existen impuestos a cobrar. Sin embargo, es necesario pagar los costes de los actos en la Notaría o en el Registro de la Propiedad, o al abogado o procurador.

¿Qué sucede si el propietario decide vender la vivienda?

En caso de que el propietario decida vender el inmueble, el derecho de usufructo se mantiene.

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